1. Convocatoria para la solicitud de becas para la escolarización de alumnos que vayan a cursar estudios durante un curso escolar en Colegios de educación diferenciada no concertada, en Andalucía oriental, en cualquiera de sus niveles educativos (educación infantil, primario, secundario y bachillerato).

  2. La duración de las becas será de un curso escolar.

  3. La concesión de una beca no generará ningún derecho preferente en la siguiente convocatoria de este programa de becas.

  4. Las becas se circunscriben exclusivamente a gastos de escolaridad.

  5. Para su concesión se establecen los siguientes criterios de valoración:

    • La renta per cápita familiar, de los miembros que computan, no podrá ser superior a 12.000 €.

    • Miembros que computan: los padres (o el tutor, en su caso) el solicitante, y los hermanos solteros menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar y que no perciban ninguna renta.

    • La situación patrimonial de la familia de los solicitantes.

    • El rendimiento académico de los solicitantes.

    • No recibir otras ayudas para fines similares, concedidas por otras entidades, tanto privadas como públicas.

    • Las circunstancias especiales de los solicitantes (familiares, de salud, etc.), no contempladas en los puntos anteriores.

    • El orden de recepción de las solicitudes.

  6. Circunstancias problemáticas de indisciplina, bajo rendimiento escolar, etc., excluyen por sí mismas de la posibilidad de acceso a estas becas.

  7. Se presentarán las Solicitudes en la Secretaría del Colegio correspondiente, desde el 1 de abril al 31 de mayo. Éste las hará llegar a la Fundación para su estudio para el curso siguiente a la fecha de firma del formulario.

  8. La Fundación procurará adoptar una resolución sobre la adjudicación de las becas, antes del día 20 de julio, y lo notificará a los interesados y a los Colegios correspondientes.

  9. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    • ­Copia/s de la/s declaración/es del IRPF, de Patrimonio (si lo tuviera) y relación de bienes patrimoniales de ambos cónyuges correspondiente al año anterior para el que se pide la beca (presentarla/s lo antes posible).

    • ­Certificado de notas del alumno (solo para nuevos alumnos que procedan de otros colegios).

  10. No se tendrán en consideración aquellas que carezcan de la documentación mencionada.

  11. Sólo se admitirán solicitudes remitidas o presentadas por los propios beneficiarios o sus representantes.

  12. La Fundación abonará directamente al Colegio el importe de las becas, previa autorización de los representantes del beneficiario, autorización que va incorporada en la solicitud.

  13. Será un motivo para la rescisión de la beca el incumplimiento de las obligaciones recogidas en estas bases.

  14. Los beneficiarios de esta ayuda escolar al honor se comprometen, cuando sus circunstancias cambien, a colaborar mediante donativos a esta Fundación, dando así oportunidad a que otros estudiantes puedan disfrutar de la misma ayuda y apoyo que ellos.

  15. Protección de datos y del derecho a la intimidad:

    De conformidad con el REGLAMENTO (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de datos (RGPD) y a la normativa española vigente, Ley 3/2018 de 5 de Diciembre de Protección de Datos personales y Garantía de los Derechos digitales, LOPDGDD, le informamos que mediante la cumplimentación del presente formulario, el firmante autoriza expresamente a la FUNDACIÓN ESCUELA Y FAMILIA, para el tratamiento de los datos personales indicados en el mismo, tanto propios como de sus hijos, que serán incorporados a un fichero de esta entidad y compartidos con el colegio para el que se pide la ayuda, con la finalidad de atender su solicitud, así como para enviar información periódica de su interés. De acuerdo con dicha ley podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y resto de derechos en relación con los citados datos dirigiendo su solicitud por escrito a la Fundación Escuela y Familia.

    El solicitante certifica que todos los datos y documentación proporcionados son ciertos y reales. La falsedad o falta de veracidad en cualquiera de estos datos o documentos será motivo de pérdida inmediata de la beca y devolución del importe ya percibido.